El caso Galeana: la búsqueda de la justicia desde la Clínica Ignacio Ellacuría, SJ

La CEDH acreditó que la policía de Guadalajara torturó a los hermanos Galeana en 2011

El caso Galeana: la búsqueda de la justicia desde la Clínica Ignacio Ellacuría, SJ

– Edición 458

La clínica jurídica del ITESO logró que el Tribunal Administrativo fallara a favor de sus representados en una demanda de reparación integral del daño

Diciembre de 2011. Vísperas de Navidad. El jueves 22, los hermanos Eviud y Rodrigo Galeana Rodríguez, acompañados por Elena, su madre, realizaban compras en la calle Obregón cuando elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de Guadalajara comenzaron a discutir con los propietarios de un puesto. La discusión se volvió riña y Elena cayó al piso. Los hermanos se involucraron en la trifulca. Fueron detenidos y esposados. Y comenzó la pesadilla:  Eviud y Rodrigo fueron puestos en el piso, donde los golpearon. Luego los agentes los llevaron a una gasolinera, donde siguieron las agresiones, incluidos toques eléctricos en los testículos. Eviud terminó con una fractura en la mandíbula y Rodrigo de pronto se descubrió portador de la marihuana que le sembraron los agentes. Los hermanos fueron llevados a la Procuraduría General del Estado. Elena no se quedó cruzada de brazos: presentó una queja en la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDH). La queja se convirtió en recomendación. La recomendación, en victoria: la familia Galeana obtuvo un fallo a favor para recibir la reparación integral del daño causado por la policía de Guadalajara.

Agustín Verduzco, profesor de la escuela de Derecho del ITESO y colaborador de la Clínica Jurídica Ignacio Ellacuría, SJ, explica que, una vez que la CEDH emitió la recomendación, la familia se acercó a la clínica en 2012 para darle seguimiento a la reparación del daño. Verduzco relata que era necesario que la familia tuviera un abogado para hacer el trámite porque, “si bien es cierto que la comisión emitió la recomendación, si la familia no tiene un abogado, ahí se queda, no se ejecuta”.

Ya con el caso en sus manos, en la clínica armaron lo que es conocido como litigio estratégico. La apuesta era buscar, no sólo la reparación del daño, sino la reparación integral. Verduzco abunda: “Cuando la CEDH emite la recomendación y se solicita la reparación integral, la Ley de Responsabilidad Administrativa del Municipio sólo permite la reparación del daño material, no la integral, que sí está contemplada en los estándares del derecho internacional de los derechos humanos y, recientemente, en la Ley General de Víctimas. En la primera instancia, el ayuntamiento dijo que no procedía porque su ley administrativa no contemplaba la reparación de daño moral y que tampoco estaba acreditado el nexo causal entre la actividad irregular de los policías con la tortura”. Y es que en uno de los tantos absurdos que ocurren en México, la policía reconoció la mala actuación de sus elementos, pero no el daño que ésta había causado. Los profesores y los estudiantes idearon una estrategia que incluyó derecho administrativo, derecho civil, el corpus de derechos humanos, el bloque de constitucionalidad (tratados y estándares internacionales, la Ley General de Víctimas, la Constitución); se interpusieron alegatos en el juicio de nulidad, además de explorar la vía política y la difusión del caso en medios de comunicación. Litigio estratégico en su máxima expresión.

Con toda esta estructura legal, la familia Galeana y la Clínica Ellacuría, SJ, obtuvieron el fallo a su favor en segunda instancia, ante el Tribunal Administrativo. Y no sólo eso: también lograron que se reconociera a Elena, la madre de los muchachos, como víctima indirecta, algo que no es común. Agustín Verduzco detalla que, dado que ella no sufrió tortura ni se la llevaron detenida, el Ayuntamiento no le reconocía su calidad de víctima, conforme el argumento de que no tenía un interés jurídico. Sin embargo, la clínica contraatacó con la prueba de presuncional humana. “En la recomendación, la CEDH hace constar que Elena es quien busca a los muchachos en el juzgado municipal, es la que va a la Procuraduría del Estado, los lleva a los hospitales, va a la CEDH y es quien interpone la queja. Hay una presunción humana del dolor de una madre frente al sufrimiento de sus hijos”. Verduzco añade que la prueba de presuncional humana inclinó la balanza a favor de la familia Galeana. ¿Qué implica la reparación integral? La reparación del daño material, el físico y el moral. Además, esta modalidad incluye las garantías de no repetición, es decir, compromete a las instituciones y a las autoridades a no repetir las acciones que ocasionaron dicho daño, en este caso, la tortura. La sentencia contempla un pago de 636 mil 523 pesos para los hermanos Galeana y su madre. m

Clínica Ignacio Ellacuría, SJ: otra manera de entender el derecho

Desde su creación en 1998, la Clínica Jurídica Ignacio Ellacuría, SJ, combina la búsqueda de la justicia para personas de escasos recursos, con la formación de los estudiantes de la Escuela de Derecho del ITESO. Un botón de muestra de esta exitosa combinación es el caso Galeana, en el que, asesorados por los coordinadores de la clínica y académicos del ITESO, se involucraron los entonces alumnos Herman García, Nohemí Guareña y Mariana Ortiz. “Se generó una dinámica muy padre. Hacíamos reuniones en las que se estudiaba el caso y se delegaban funciones. Nohemí hizo el estudio de hechos; Mariana, el de víctima indirecta [el caso de Elena, la madre de Eviud y Rodrigo] y Herman estableció el nexo causal”, relata Claudia Ibette Estrada, directora de la clínica.

La Clínica Ellacuría brinda asesoría legal a personas de escasos recursos. Busca, explica Claudia Ibette, impulsar y promover la cultura de la paz y la resolución de conflictos por la vía de la mediación para resolver los problemas de raíz. Desde septiembre de 2016 han comenzado a involucrarse con asuntos relacionados con migración y refugiados.

Actualmente, la clínica tiene su sede en el campus del ITESO. Realiza asesorías los días lunes, miércoles y viernes. Se puede contactar a través de su página en Facebook o en el teléfono 3669-3434, extensión 3496.

MAGIS, año LX, No. 498, marzo-abril 2024, es una publicación electrónica bimestral editada por el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente, A.C. (ITESO), Periférico Sur Manuel Gómez Morín 8585, Col. ITESO, Tlaquepaque, Jal., México, C.P. 45604, tel. + 52 (33) 3669-3486. Editor responsable: Humberto Orozco Barba. Reserva de Derechos al Uso Exclusivo No. 04-2018-012310293000-203, ISSN: 2594-0872, ambos otorgados por el Instituto Nacional del Derecho de Autor. Responsable de la última actualización de este número: Edgar Velasco, 1 de marzo de 2024.

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